domingo, 11 de octubre de 2015

Clasificación y connotación de las faltas de servidores públicos.

Clasificación de las faltas.
Las faltas disciplinarias son:

  • Gravísimas
  • Graves
  • Leves
Criterios para determinar la gravedad o levedad de la falta.
Se determinará si la falta es grave o leve de conformidad con los siguientes criterios:

  1. El grado de culpabilidad.
  2. La naturaleza esencial del servicio.
  3. El grado de perturbación del servicio.
  4. La jerarquía y mando que el servicio público tenga en la respectiva institución.
  5. La trascendencia social de la falta o el perjuicio causado
  6. Las modalidades y circunstancias en que se cometió la falta, que se apreciarán teniendo en cuenta el cuidado empleado en su preparación, el nivel de aprovechamiento de la confianza depositada en el investigado o de la que se derive de la naturaleza del cargo o función, el grado de participación en la comisión de la falta, si fue inducido por un superior a cometerla, o si la cometió en estado de ofuscación originado en circunstancias o condiciones de difícil prevención y gravedad extrema, debidamente comprobadas.
  7. Los motivos determinantes del comportamiento.
  8. Cuando la falta se realice con la intervención de varias personas, sean particulares o servidores públicos.
  9. La realización típica de una falta objetivamente gravísima cometida con culpa grave, será considerada falta grave

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